Marcado CE y bienes de equipo

» Marcado CE. De directivas a reglamentos de obligado cumplimiento

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El pasado mes de marzo fue prolífico en novedades sobre normativa de Marcado CE. La Unión Europea nos presentaba la publicación de reglamentos europeos que derogarán directivas a partir del 21-04-2018 y serán aplicables en esa misma fecha:

– Equipos de protección individual: Reglamento UE 2016/425 que derogará la Directiva 89/686/CEE.

– Aparatos que queman combustibles gaseosos: Reglamento UE 2016/426 que derogará la Directiva 2009/142/CE (aparatos de gas)

– Instalaciones de transporte por cable: Reglamento UE 2016/424 que derogará la Directiva 2000/9/CE.

Al ser reglamentos, son de obligado cumplimiento y ya no deberán ser transpuestos a la normativa nacional. Hasta ahora, este hecho solo había ocurrido con la publicación del reglamento que regula los productos de la construcción. El resto de productos, equipos e instalaciones afectados por el Marcado CE continúan siendo regulados por directivas y por legislación nacional.

De acuerdo a la nueva tendencia, estos reglamentos incorporan, aclaran y detallan las obligaciones que deben cumplir:

– Fabricantes

– Representantes autorizados

– Importadores

– Distribuidores

España también ha publicado en el mes de marzo, mediante el Real decreto 108/2016, la transposición de la Directiva 2014/29/UE sobre comercialización de los recipientes a presión simples, aplicando la tendencia anteriormente descrita. La entrada en vigor de este Real decreto es el 20-04-2016.

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Sobre el Autor

Soy bióloga, responsable de Infocentre y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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