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» Audiencia e información pública. Anteproyecto de Ley de Industria.

El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo pone en marcha el proceso de audiencia e información pública sobre una nueva Ley de Industria, con el objeto de recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.

Esta nueva legislación refuerza el papel de la industria en la estructura económica y social de España y su contribución a la doble transición verde y digital, fortalece la soberanía estratégica industrial y adopta los instrumentos de política industrial para mejorar la competitividad de la industria española en la esfera internacional. Se trata de una reforma contemplada en el Plan de Recuperación y moderniza el marco jurídico industrial al sustituir a la actual Ley 21/1992, de 16-07-1992, de Industria.

El nuevo anteproyecto involucra al conjunto de administraciones públicas, a los agentes económicos y sociales y a las fuerzas políticas ante la urgente necesidad de potenciar la industria de nuestro país con un doble objetivo: en primer lugar, la necesaria reactivación económica y social tras la pandemia y la guerra, en segundo lugar, la modernización de nuestro modelo productivo para abordar con éxito la doble transición digital y ecológica y lograr una mayor cohesión social y territorial».

La nueva norma aborda aspectos como la promoción industrial y la mejora de su competitividad, la reindustrialización, la digitalización industrial, la adaptación de la industria a la neutralidad climática, la autonomía estratégica industrial, el impulso de los ecosistemas industriales y los proyectos de interés general, la seguridad y calidad industrial y la gobernanza.

Sus principales objetivos son los siguientes:

• La garantía de la libertad de establecimiento de empresas industriales.
• La protección de la libre circulación de productos industriales, la garantía de la unidad de mercado y la coordinación administrativa.
• La promoción de un entorno favorable a la generación de ecosistemas industriales y el impulso de proyectos tractores y de interés general.
• La promoción industrial y la mejora de su competitividad.
• La internacionalización de la empresa industrial, así como la atracción de inversiones estratégicas y tractoras de la economía.
• La promoción y control de la seguridad y calidad industrial y el establecimiento del régimen general de responsabilidad industrial.
• La planificación estratégica de la actividad industrial, y la salvaguardia de la base industrial que suministra recursos de primera necesidad y de carácter estratégico.
• El fortalecimiento institucional de los agentes y sistemas de gobernanza del ecosistema industrial y la colaboración entre ellos.

Se consideran dentro de su ámbito de aplicación las industrias manufactureras y actividades industriales dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, el aprovechamiento de subproductos y el tratamiento de residuos. También los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica, así como actividades de digitalización, utilización y manejo de la información, su interoperabilidad y protección, que estén relacionados con la actividad industrial.

Prioridades del anteproyecto

La nueva norma establece que la Administración General del Estado promoverá y desarrollará líneas de ayudas que favorezcan la modernización, el desarrollo y la competitividad industrial. Los beneficiarios de las ayudas otorgadas deberán mantener la actividad productiva al menos durante 5 años en caso de grandes empresas y tres en caso de pymes.

Entre las prioridades destacan:

1.Estructuras de gobernanza del ecosistema industrial español

Se refuerza la estructura de gobernanza con la creación del Consejo Estatal de Política Industrial como órgano consultivo, asesor y de colaboración en las materias que afectan a la industria para favorecer su crecimiento, resiliencia y competitividad. Además, se elaborará la Estrategia Española para el Impulso Industrial 2030 que será el documento que contendrá las líneas generales y las directrices básicas de la política industrial española y el Plan Estatal de Impulso Industrial.

2.Desarrollo de los ecosistemas industriales e impulso de proyectos tractores y de interés general

La nueva norma pone la mirada en los ecosistemas industriales como polos de desarrollo industrial, especialmente aquellos que tienen la consideración de estratégicos, promoviendo las medidas de apoyo a los mismos.

La norma regula por primera vez los proyectos industriales de interés general como aquellos que cumplan al menos dos de las tres condiciones siguientes: significativo volumen de inversión y empleo indefinido, proyectos dentro de ecosistemas industriales definidos o que pertenezcan a sectores considerados estratégicos por el Consejo de Seguridad Nacional, o alineados con los objetivos industriales de la UE e integrados en los mecanismos de financiación europea.

3.Medidas para la protección e impulso de la competitividad industrial

Se reconoce una especial protección a la industria intensiva en energía y medidas de acompañamiento para facilitar su descarbonización.

Asimismo, se presta una especial atención a los programas de internacionalización que tengan como finalidad la introducción o la consolidación de las empresas industriales españolas en un ámbito internacional.

Se podrán establecer bancos de pruebas regulatorios y de apoyo en los que se desarrollen proyectos piloto con el fin de facilitar la investigación e innovación.

Las Administraciones Públicas promoverán e implantarán, dentro de su ámbito competencial, medidas que contribuyan a la dotación de los servicios e infraestructuras necesarios para el fomento de áreas industriales. La promoción de suelo industrial se realizará preferentemente mediante consenso con los actores implicados en su desarrollo y gestión.

La norma introduce la figura de la refinanciación de préstamos para facilitar la devolución de los préstamos concedidos a las empresas en programas nacionales de ayudas públicas.

4.Ordenación de los procesos de reindustrialización

Hay un capítulo especial en la ordenación de los procesos de reindustrialización donde se establece la obligación de la empresa, en determinadas circunstancias, de anticipar un cierre o la reducción de actividad que involucre una importante reducción de empleo. Deben explorarse fórmulas para la prevención, corrección o mitigación de los efectos asociados. Para ello se dota a los diferentes actores implicados de un plazo para buscar una solución a través de una Mesa de Reindustrialización donde intervendrá a Administración General del Estado.

5.Industria estratégica y agentes de financiación

Se define a las industrias estratégicas, ligando el catálogo de recursos y capacidades recogidas en la Reserva Estratégica de Capacidades Nacionales de Producción Industrial (RECAPI) con la declaración de proyectos de interés general.

Entre los agentes de financiación, destacan el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI) y el Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP).

Como agentes de ejecución la norma recoge a la Escuela de Organización Industrial (EOI), la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA).

6.Seguridad industrial

La seguridad industrial tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o del funcionamiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso, almacenamiento o desecho de los productos industriales.

Las instalaciones, equipos y productos industriales, así como su utilización y funcionamiento deberán ajustarse a los requisitos reglamentarios de seguridad.

En caso de riesgo grave e inminente, la administración competente podrá acordar la paralización temporal, total o parcial, de la actividad o instalación causante del riesgo, requiriendo a los responsables para que corrijan las deficiencias o ajusten su funcionamiento a las normas reguladoras.

Los Reglamentos de Seguridad establecerán las instalaciones afectadas, las condiciones técnicas, requisitos de seguridad, medidas que deben adoptar los titulares, régimen de mantenimiento e inspecciones de las instalaciones o equipos, exigencia de seguros y, excepcionalmente, necesidad de autorización administrativa.

Se regula un Registro Integrado Industrial, adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, para integrar la información sobre la actividad industrial, y elaborar estadísticas a nivel nacional.

7.Sanciones e infracciones

La norma detalla el régimen de infracciones y sanciones. Las infracciones se califican como muy graves, graves y leves. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta norma será de 5 años para las muy graves, 3 para las graves y 1 para las leves, a contar desde su total consumación.

Las infracciones serán sancionadas en la forma siguiente: a) Las infracciones leves con multas de hasta 60.000 €. b) Las infracciones graves con multas de hasta 6.000.000 euros. c) Las infracciones muy graves con multas de hasta 100M€.

El plazo para presentar alegaciones finaliza el 05-01-2023 y podrán remitirse a la dirección de correo: leydeindustria@mincotur.es indicando en el asunto: «Audiencia Ley de Industria». Estas aportaciones deberán realizarse rellenando el documento adjunto “Cuadro_aportacion_alegaciones_APL_Industria” (y enviándolo en formato editable) incluyendo los siguientes campos: número de artículo o artículos que pretenden modificarse; texto original actual de dichos artículos; sugerencias de redacción (nueva redacción propuesta de dichos artículos); justificación de ese cambio de redacción.

Puede accederse a la consulta a través del siguiente enlace

Sobre el Autor

Soy ingeniera industrial y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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