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¿Eres técnico competente para la certificación energética de edificios? Debes registrarte en el nuevo registro oficial.

Desde el 23 de julio, los profesionales que realizan certificados de eficiencia energética de edificios deben acreditarse como Técnicos Competentes a través del procedimiento habilitado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La medida afecta también a quienes ya estuvieran inscritos en registros de colegios profesionales, ya que deberán realizar nuevamente el trámite para figurar en el nuevo registro oficial.

¿Quién debe realizar el trámite?

Deben acreditarse los profesionales que elaboran certificados de eficiencia energética de edificios y que cumplan los requisitos de titulación o cualificación establecidos para ejercer como Técnico Competente. La acreditación se realiza mediante una declaración responsable presentada ante la administración competente.

¿Dónde se presenta la solicitud?

El procedimiento se realiza por vía electrónica y depende del domicilio fiscal del profesional:

• Los técnicos con domicilio fiscal en Madrid, Comunitat Valenciana o País Vasco deben tramitar la acreditación a través de la sede electrónica de su comunidad autónoma.
• Los técnicos con domicilio fiscal en el resto del territorio nacional pueden presentar la declaración responsable a través de la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, utilizando un certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.

El MInisterio ha publicado una guía detallada para ayudar a los profesionales a completar correctamente el procedimiento electrónico de acreditación. También ha habilitado el correo bzn-RETC@miteco.es para resolver dudas relacionadas con el registro y la tramitación.

Sobre el Autor

Soy gestora de contenidos digitales y especialista en normativa. Enginyers Industrials de Catalunya

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