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» España. Propuesta de orden que aprueba los parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

» España. Propuesta de orden que aprueba los parámetros retributivos de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

La semana pasada se hizo público que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo remitió a la Comisión nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la propuesta de orden por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos, para que ésta emitiera el informe correspondiente.

En paralelo, el texto ha sido enviado a diferentes agentes del sector y a las comunidades autónomas para presentar alegaciones en el plazo de 20 días desde el día 05-02-2014.

Del contenido de la propuesta destaca la referencia constante a reales decretos todavía pendientes de aprobación, Véase el post anterior. 

Los objetivos de esta nueva orden son:

  • Establecer los parámetros retributivos de instalaciones tipo correspondientes a instalaciones incluidas en su ámbito de aplicación para el primer semiperiodo regulatorio definido en la disposición adicional primera del Real Decreto XXX/2014, de XX de XX, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • Fija la equivalencia entre las categorías grupos y subgrupos definidos con anterioridad a la entrada en vigor del citado real decreto y las nuevas categorías, grupos y subgrupos establecidas en el citado Real Decreto XXX/2014, fijando para cada uno de estos últimos las diferentes instalaciones tipo y sus códigos correspondientes a efectos de determinación del régimen retributivo aplicable.
  • Completar los criterios para el cálculo de la retribución de las instalaciones hibridas  definidas en el artículo 4 de citado Real Decreto XXX/2014.

Igualmente, el ámbito de aplicación de esta orden se define conforme en el citado Real Decreto XXX/2014.

El borrador, que consta de nada menos que 1506 páginas, puede descargarse a través de los siguientes links:

Marta Torelló
Técnico de normativa
Associació d’Enginyers Industrials de Catalunya
Infocentre – Normativa   http://normativa.infocentre.es

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Sobre el Autor

Soy ingeniera industrial y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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