Con fecha 20-07-2023 se publicó la Orden PCM/818/2023 que aprobaba el Plan de Incorporación de la Metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
La incorporación de BIM en la contratación pública persigue un objetivo doble:
– mejorar la eficiencia del gasto público en los contratos del sector público, y
– servir de palanca para la transformación digital del sector de la construcción.
A partir del 1 abril algunos contratos públicos relacionados con la construcción deberán incorporar BIM.
El plan establece 5 niveles en la gestión de la información de un contrato del sector público. Los niveles BIM son graduales, en nivel creciente de aplicación BIM. Cada nivel se define por un conjunto de requisitos mínimos, agrupados en cuatro categorías: estrategia, procesos, soporte tecnológico y personas.
Para facilitar el uso de BIM en los contratos público, se tiene previsto publicar unos documentos de referencia:
– Guía para la contratación publica con requisitos de información BIM
– Un estándar para definir los requisitos de información BIM.
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