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» Diseño ecológico de cables USB Type-C, fuentes de alimentación externas, cargadores inalámbricos y cargadores de pilas.

Con el objetivo de mejorar reducir el impacto medioambiental y promover el uso sostenible de fuentes de alimentación externas (FAE), cargadores inalámbricos, bases de carga inalámbrica, cargadores de pilas o baterías para pilas portátiles de uso general y cables USB Type-C, se publica el Reglamento UE 2025/2052, aplicable a partir del 14-12-2028.

Se incluyen en su ámbito de aplicación una serie de productos relacionados con la energía y que se venden en grandes cantidades:

• Las fuentes de alimentación externas (FAE), ya que suponen un consumo significativo de energía durante la fase de uso, una importante generación de residuos al final de la vida útil y elevadas emisiones a la atmósfera durante las fases de producción y de uso. Es necesario que cumplan requisitos de diseño ecológico.
• Los cargadores inalámbricos, las bases de carga inalámbrica y los cargadores de pilas o baterías para pilas portátiles de uso general, de modo que su componente de alimentación se externalice y esté cubierto por los requisitos de eficiencia e interoperabilidad. Los cargadores inalámbricos y las bases de carga inalámbrica también estarán sujetos a límites de consumo en modo preparado.
• Los cables USB Type-C, deberán garantizar que sus pérdidas de energía se mantengan dentro de los límites establecidos por las normas USB pertinentes y que tengan marcada en sus conectores la potencia máxima soportada, para informar a los consumidores.

En base a la Directiva 2009/125/CE, el nuevo Reglamento establece los requisitos de diseño ecológico:
1. Requisitos de eficiencia energética para las FAE

• Valores límite de consumo de potencia en vacío
• Valores límite de eficiencia a baja carga
• Valores límite de eficiencia media en activo
• Condiciones de carga

2. Requisitos de rendimiento de la salida de alimentación
3. Requisitos de interoperabilidad
4. Requisitos de resistencia a la sobretensión aplicables a las FAE interoperables
5. Requisitos de información

Las FAE interoperables portarán el logotipo del Cargador Común en su placa de características o en su envolvente, en el embalaje y en el manual de instrucciones. También se mostrará en el sitio web del fabricante.

Se debe indicar en lugar de “XX” el valor de la potencia de salida.

La Unión Europea ofrece los logotipos oficiales en formatos editables y vectoriales en el siguiente enlace

6. Documentación técnica
El Reglamento UE 2025/2052 será aplicable a partir del 14-12-2028. A partir de esa fecha quedará derogado el , y con carácter general derogará el Reglamento UE 2019/1782. No obstante, se considerará que las FAE introducidas en el mercado entre el 14-12-2025 y el 14-12-2028 que cumplan los requisitos establecidos en el nuevo Reglamento serán conformes con el vigente Reglamento UE 2019/1782.

Sobre el Autor

Soy ingeniera industrial y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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