El Decreto 190/2015, tiene como objetivo:
- Regular los sistemas de iluminación exterior, y los de iluminación interior en relación con la afectación al exterior, para proteger el medio por la noche, de acuerdo con los criterios que establece la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno
- Mantener al máximo posible la claridad natural del cielo.
- Evitar la contaminación lumínica y prevenir los efectos nocivos sobre los espacios naturales y el entorno urbano.
- Mejorar la eficiencia energética de la iluminación artificial con el fin de promover el ahorro de energía y de recursos naturales.
Es aplicable a las instalaciones y aparatos de iluminación, tanto de titularidad pública como privada, de nueva instalación, y a las modificaciones y ampliaciones de instalaciones existentes, tanto con respecto a la iluminación exterior como a la iluminación interior con afectación al exterior, en relación con la contaminación lumínica que puedan producir.
Concretamente, en el diseño de la iluminación exterior deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
- Detallar las características que tienen que cumplir las instalaciones de iluminación exterior de nueva implantación en cada una de las 4 zonas delimitadas en función de la vulnerabilidad del medio a la luz artificial.
- Ajustar la cantidad de luz instalada a la necesaria para llevar a cabo la actividad con normalidad.
- Dirigir la luz solo a las áreas que deban ser iluminadas.
- Mantener la luz apagada cuando no se desarrolle ninguna actividad, excepto por motivos de seguridad.
- Uso de lámparas de alta eficiencia adecuadas a la visión humana y a la actividad que se realice.
La entrada en vigor de este decreto será el 27-11-2015
Montse Díez
Técnico de normativa
Associació d’Enginyers Industrials de Catalunya
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