El 07-04-2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Su entrada en vigor es un mes a contar desde su publicación en el BOE.
¿Cuál es el ámbito de aplicación y a qué normativa afecta?
Se aplica a los traslados de residuos entre comunidades autónomas para su valorización o eliminación, incluidos los traslados que se producen a instalaciones que realizan operaciones de valorización o eliminación intermedias.
Incluye:
– Definiciones
– Requisitos de los traslados (contrato de mantenimiento de residuos, documento de identificación, notificación previa de traslado)
– Tramitación electrónica
Afecta a la siguiente normativa:
- Ley 22/2011, de 28-07-2011, de residuos y suelos contaminados. Modifica un apartado del anexo VIII (Contenido de la comunicación de los productores y gestores de residuos).
- Real Decreto 833/1988, de 20-07-1988, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/86, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, el cual casi lo deroga por completo dejando sólo vigente lo referente a:
- – Seguro de responsabilidad civil
- – Envasado, etiquetado y almacenamiento de residuos tóxicos y peligrosos. Recordar que esta normativa establece el tiempo máximo de 6 meses para el almacenamiento de estos residuos por parte de los productores.
- – Definición de pequeños productores
- – Toma de muestra y análisis
Montse Díez
Técnico de normativaAssociació d’Enginyers Industrials de Catalunya
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