Desde el 1 de noviembre de 2012 los consumidores podrán identificar más rápidamente qué tipo de neumáticos les ayudará a ahorrar combustible: una nueva etiqueta identifica desde la G hasta la A la seguridad y la eficiencia energética y medioambiental (bajos niveles de ruido).
Esto se debe a la obligación de aplicar el Reglamento (CE) Nº 1222/2009, de 25-11-2009, sobre el etiquetado de los neumáticos en relación con la eficiencia en términos de consumo de carburante y otros parámetros esenciales.
Campo de aplicación
Este Reglamento se aplica a los neumáticos C1, C2 y C3 destinados a vehículos de transporte por carretera y sus remolques, tanto de pasajeros (a partir de 8 plazas), como de mercancías; y no se aplicará a los siguientes tipos de neumáticos:
Neumáticos recauchutados
Neumáticos todoterreno profesionales y los destinados a vehículos de carreras.
Neumáticos diseñados para ser montados exclusivamente en los vehículos matriculados por primera vez antes del 1-10-1990
Neumáticos de repuesto de uso provisional de tipo T
Neumáticos cuyo índice de velocidad sea inferior a 80 Km/h;
Neumáticos cuya llanta tenga un diámetro nominal inferior o igual a 254 mm, o igual o superior a 635 mm
Neumáticos equipados con dispositivos adicionales para mejorar sus cualidades de tracción, como los neumáticos con clavos
Principales obligaciones de los distribuidores
Los distribuidores se asegurarán de que en el punto de venta, los neumáticos lleven en un lugar claramente visible el adhesivo facilitado por los proveedores o que con anterioridad a la venta de neumático, la etiqueta se muestre al usuario final y se exhiba claramente en la inmediata proximidad del neumático en el punto de venta.
Cuando los neumáticos a la venta no se hallen a la vista de los usuarios finales, los distribuidores les proporcionarán información sobre la clase de eficiencia en términos de consumo de carburante, la clase de adherencia en superficie mojada y la clase y el valor medido de ruido de rodadura exterior de dichos neumáticos.
Los distribuidores declararán la clase de eficiencia en términos de consumo de carburante, el valor medido de ruido de rodadura exterior y, si procede, la clase de adherencia en superficie mojada, y en las facturas o junto con las facturas que entreguen a los usuarios finales cuando compren los neumáticos.
Estos requisitos se aplican a los neumáticos fabricados a partir del 1-7-2012.
Más información: Página Web de la Unión Europea sobre eficiencia energética de los neumáticos. http://ec.europa.eu/energy/efficiency/tyres/labelling_en.htm
M. Teresa Abella
Enginyers Industrials de Catalunya
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Buenos días Maria Teresa. El motivo por el que te escribo es por que acabo de localizar tu artículo por la red el cual lo he encontrado francamente muy interesante, es por ello que lo he colgado en mi blogg profesional con el fin de hacerlo llegar al máximo número de personas de nuestro sector, eso sí totalmente linkado a tu artículo original pues entiendo y comprendo que es una obra tuya.
Si por algún casual no te pareciese bien la difusión de tu artículo o cualquier otra cosa, por favor házmelo saber y lo retiraré enseguida.
Gracias por tu tiempo y felicitaciones por tu blogg.
Buenas tardes María Teresa,
Tu artículo me parece muy interesante.
Desde mi punto de vista, el nuevo etiquetado europeo de neumáticos va a influir verdaderamente en las decisiones de compra de los consumidores a la hora de elegir sus neumáticos.
Gracias a este tipo de etiquetas los consumidores estamos cada vez más protegidos y podemos conocer mejor las características del producto que estamos comprando, como ya ha ocurrido con los electrodomésticos, por ejemplo.
Un saludo