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» España. Publicado el nuevo Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas (RSIF)

El pasado 24-10-2019 se publicó en el BOE el nuevo Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus 21 instrucciones técnicas complementarias.

El reglamento establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones frigoríficas para garantizar la seguridad de personas y bienes, así como la protección del medio ambiente. De esta manera, se adapta la reglamentación existente a los avances tecnológicos, incorporando la evolución de la técnica y la experiencia que se ha ido acumulando en los últimos años.

Como novedad, se crea una nueva clasificación, la A2L, para refrigerantes de bajo potencial de calentamiento atmosférico y de ligera inflamabilidad, para los que se eliminan requisitos administrativos como puede ser proyecto, dirección de obra y seguro de responsabilidad civil del titular y permitiendo que estas instalaciones de menor potencia puedan ser realizadas por empresas instaladoras no tan específicas como anteriormente.

Con este nuevo reglamento el Ministerio de Industria estima que los ciudadanos se ahorrarán unos 800 millones al año, debido al gran número de instalaciones de aire acondicionado y refrigeración de baja toxicidad y baja inflamabilidad que se realizan anualmente.

El reglamento de seguridad consta de unas disposiciones generales relativas a su objeto, su ámbito de aplicación, definición de refrigerantes y fluidos secundarios, clasificación de los sistemas de refrigeración y clasificación de seguridad según su emplazamiento y su riesgo. También, dedica el reglamento un capítulo a los profesionales habilitados y empresas frigoristas, y otro a los títulos y requisitos de las instalaciones frigoríficas.

Dada la complejidad técnica del Reglamento y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, y para solventar las cuestiones que surjan durante su aplicación, el Ministerio de Industria elaborará y mantendrá actualizada una guía técnica de carácter no vinculante para la aplicación práctica de esta reglamentación.

El real decreto entra en vigor el 02-01-2020, salvo para el caso de nuevas instalaciones que utilicen refrigerantes A2L en las que las prescripciones entran en vigor el 25-10-2019.

A partir del 02-01-2020 queda derogado el Real Decreto 138/2011, de 04-02-2011, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, así como todas sus modificaciones posteriores.

Documentos para consulta:

  • Real Decreto 552/2019, de 27-09-2019, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
  • Corrección de erratas del Real Decreto 552/2019, de 27-09-2019 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.

Fuente de información: Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Sobre el Autor

Soy ingeniera industrial y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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