Energía e instalacionesMedio ambiente

» España. Publicada la nueva Ley de cambio climático y transición energética.

El pasado viernes 23 de mayo de 2021 se publicó en el BOE la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

Esta nueva ley, establece varios objetivos mínimos nacionales para el año 2030:

  • Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en, al menos, un 23% respecto del año 1990.
  • Alcanzar una implantación de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, como mínimo, un 42%.
  • Lograr una sistema eléctrico con, por lo menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable, y mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía  primaria en, al menos, un 39,5% con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.

De igual modo, para antes de 2050 y en todo caso, en el más corto plazo posible, se establece el objetivo de que España debe alcanzar la neutralidad climática y el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.

De todos modos, el Consejo de Ministros puede revisar al alza los objetivos establecidos para adaptarlos a la evolución de los avances tecnológicos y del conocimiento científico y cumplir con el Acuerdo de París y la normativa de la Unión Europea.

El texto recoge como instrumentos de planificación para abordar la transición energética los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima (PNIEC) y la  Estrategia de Descarbonización a 2050. El Gobierno deberá aprobar esta estrategia, mediante real  decreto, para establecer una senda de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de incremento de las absorciones por los sumideros del conjunto de la economía española hasta 2050, necesaria para cumplir con los objetivos señalados y de conformidad con lo exigido por la normativa de la Unión Europea.

 

Transición energética y movilidad sin emisiones

En esta nueva ley, se establece que, a partir de su entrada en vigor no se otorgarán en el territorio  nacional, nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación de materiales con propiedades radiactivas y de hidrocarburos o concesiones de explotación para los mismos. Tampoco se admitirán actividades de explotación de hidrocarburos en las que estén previstas la utilización de la fracturación  hidráulica de alto volumen, conocida como «fracking».

Respecto al desarrollo de la estrategia de descarbonización a 2050, se prevé que se adopten las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea, para que  los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluidos los matriculados  como vehículos históricos, no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones, de modo que no más tarde del año 2040 sean vehículos sin emisiones directas de CO2.

A fin de garantizar la existencia de infraestructura de recarga eléctrica suficiente, se introduce obligaciones de instalación de infraestructuras de recarga eléctrica en las estaciones de servicio las ventas anuales de gasolina y gasóleo superen los 5 millones de litros, llegado al 10% de la red. Esta infraestructura de recarga deberá tener una potencia igual o superior a 150 kW o 50 kW dependiendo del volumen de ventas. La obligación se impone a las personas titulares de las estaciones de servicio. En el caso de concesiones en redes estatales de carreteras, las obligaciones señaladas serán satisfechas por los concesionarios de las mismas.

Además, se establece que en los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deben adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación para permitir la reducción de las emisiones derivadas  de la movilidad.

 

Rehabilitación de edificios y desarrollo rural

En esta nueva Ley también se establece que se fomentará la renovación y rehabilitación de los  edificios existentes, tanto públicos como privados, para alcanzar la alta eficiencia energética y descarbonización en el año 2050. Por este motivo, en un plazo inferior a seis meses desde la entrada en vigor, se debe elaborar un Plan de Rehabilitación de  Viviendas y Renovación urbana.

En cuanto al desarrollo rural, se establece que el despliegue de las energías renovables debe llevarse a cabo de manera compatible con la conservación del patrimonio natural y la adecuada ordenación territorial.

 

Otras medidas

Por otro lado, las Administraciones Públicas fomentarán la mejora del conocimiento sobre los efectos del cambio climático en la salud pública y sobre las iniciativas encaminadas a su prevención. De igual forma, el Gobierno deberá revisar el tratamiento del cambio climático y la sostenibilidad en el currículo básico de las enseñanzas que forman parte del  sistema educativo de manera transversal.

Mediante esta ley también se crea el Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética como órgano responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las  políticas y medidas de energía y cambio climático, incluidas las normativas. Para ello, deberá elaborar anualmente un informe que será remitido al Congreso de los  Diputados y sometido a debate en el mismo, con la participación del Gobierno.

El Gobierno establecerá, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, la tipología de empresas con actividad en el territorio nacional que deberán calcular y publicar su huella de carbono, así como los términos iniciales a partir de los cuales dicha obligación será exigible, su periodicidad y cualesquiera otros elementos necesarios para la configuración de la obligación.

Sobre el Autor

oy Licenciado en Ciencias Ambientales y especialista en legislación ambiental. Enginyers Industrials de Catalunya.

Comentarios