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» Nuevo Real Decreto que modifica diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

El pasado 18-03-2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 145/2023, de 28-02-2023, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para su adaptación al principio de reconocimiento mutuo.

Este nuevo real decreto tiene como principal objetivo clarificar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo teniendo en cuenta los cambios introducidos por el Reglamento UE 2019/515 relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado. Por este motivo, se modifican las disposiciones de reconocimiento mutuo incluidas en diversos reglamentos de seguridad industrial para alinear las mismas con el citado Reglamento europeo.

Asimismo, se aprovecha este Real Decreto para modificar la disposición transitoria 4ª del Real Decreto 2200/1995, de 28-12-1995, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. Dicha disposición fue modificada anteriormente por el Real Decreto 542/2020, de 26-05-2020, por el que se modifican y derogan diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial, para adaptar la mencionada disposición a la distribución de competencias entre las comunidades autónomas y el Estado. No obstante, algunas comunidades autónomas no tienen la homologación de productos (y, por tanto, la certificación que sustituye a la homologación) entre las competencias incluidas en los reales decretos sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a las comunidades autónomas.

Por tanto, con objeto de adecuar la situación al orden competencial actual, en tanto en cuanto no existan organismos de control acreditados para la certificación de determinados productos, los fabricantes podrán presentar, ante el órgano competente de la comunidad autónoma o ciudad autónoma correspondiente, una declaración responsable indicando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas, como órganos competentes en la vigilancia de mercado, podrán llevar a cabo actuaciones de inspección y control sobre dichos productos.

Por otra parte, advertidos errores en el Reglamento de equipos a presión y en las instrucciones técnicas complementarias ITC EP 3, «Refinerías de petróleos y plantas petroquímicas», e ITC EP 5, «Botellas de equipos respiratorios autónomos», aprobadas por el Real Decreto 809/2021, de 21-09-2021, se procede a la corrección de los mismos. Dado que la corrección de varios de estos errores lleva consigo la modificación de alguno de los aspectos del Reglamento y de las instrucciones técnicas complementarias afectadas, dicha corrección se lleva a cabo a través de una modificación reglamentaria.

Igualmente, y como resultado del trámite de audiencia pública, se modifica la instrucción técnica complementaria MI-IP 01 «Refinerías», aprobada por el Real Decreto 2085/1994, de 20-10-1994, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, y la ITC MI-IP 03 «Instalaciones de almacenamiento para su consumo en la propia instalación», aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15-09-1997, por el que se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria MI-IP03 «Instalaciones petrolíferas para uso propio».

La modificación de ITC MI-IP 01 se realiza con objeto de eliminar la autorización previa a las empresas que realizan las tablas de calibración de los tanques de las refinerías, equiparando el régimen de acceso de dichas empresas con el indicado en la ITC MI-IP 02 «Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos».

Por su parte, la modificación de la ITC MI-IP 03, viene a incluir la regulación de la transformación in situ de tanques de almacenamiento de simple a doble pared. La transformación a tanques de doble pared es una de las medidas más importantes a la hora de evitar fugas de productos petrolíferos al medio ambiente. No obstante, con la redacción vigente dicha transformación no estaba incluida en la ITC MI-IP 03, por lo que se procede a corregir dicha deficiencia.
Finalmente, se modifica el anexo del Real Decreto 1313/1988, de 28-10-1988, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados, para incorporar la nueva norma UNE-EN 197-5:2021, Cemento Portland compuesto CEM II/C-M y del cemento compuesto CEM VI. Asimismo, se aprovecha esta modificación para actualizar el resto de normas incluidas en este anexo, completando los métodos de ensayo de cementos con las nuevas normas disponibles de la serie de normas UNE-EN 196.

A continuación, se detallan los Reglamentos de seguridad industrial afectados:

  • Reglamento de instalaciones petrolíferas.
  • Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad Industrial.
  • Reglamento electrotécnico para baja tensión.
  • Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
  • Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.
  • Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.
  • Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión.
  • Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
  • Reglamento de equipos a presión

Sobre el Autor

Soy ingeniera industrial y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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