Hoy, 10-4-2025, se publica en el BOE el Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
Entrará en vigor al mes de su publicación, por lo tanto, el 10-5-2025; pero hay que tener en cuenta que incluye ocho disposiciones transitorias. Derogará el Real Decreto 2267/2004.
En términos generales será de aplicación a los nuevos establecimientos industriales que se construyan o implanten a partir de su entrada en vigor. Los establecimientos industriales ya existentes con anterioridad a la entrada en vigor de este Reglamento no tendrán que adaptarse obligatoriamente a las nuevas exigencias, y continuarán rigiéndose por la reglamentación que les era de aplicación.
No obstante, serán de aplicación a todos los establecimientos industriales (nuevos o existentes) los siguientes aspectos, a partir del 10-5-2025:
- funcionamiento y mantenimiento,
- inspecciones,
- actuación en caso de incendio,
- régimen sancionador.
Sà se aplicará a los establecimientos industriales existentes a 10-5-2025 cuando se produzca alguna de las dos situaciones siguientes:
a) ampliaciones o reformas que impliquen aumento de la superficie o del nivel de riesgo intrÃnseco de sus sectores o áreas de incendio;
b) cambio de la actividad que determine que el establecimiento industrial deje de adecuarse al proyecto que permitió su puesta en marcha e incumpla las condiciones técnicas y disposiciones reglamentarias conforme a las cuales se registró.
En las dos situaciones recogidas en las letras a) y b) anteriores, las nuevas exigencias se aplicarán solamente a la parte afectada por la ampliación, reforma o cambio, que con carácter general se considera que será el sector o área de incendio afectado.
Cabe destacar también que este RD modifica otras disposiciones legales:
– Disposición final primera: Modificaciones del Real Decreto 513/2017 por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
– Disposición final segunda: Modificación del Documento Básico DB-SI «Seguridad en caso de Incendio» del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006.
– Disposición final tercera: Modificación de la Orden de 27 de julio de 1999 por la que se determinan las condiciones que deben reunir los extintores de incendios instalados en vehÃculos de transporte de personas o de mercancÃas.
– Disposición final cuarta: Modificación de las Instrucciones Técnicas Complementarias IF-02, IF-04, IF-09, IF-10, IF-14, IF16 e IF-21 aprobadas por el Real Decreto 552/2019 por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigorÃficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
– Disposición final quinta: Modificación del Real Decreto 2200/1995 por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
– Disposición final sexta: Modificación del Real Decreto 355/2024 por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, asà como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente, y de la referida Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores»
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