Seguridad industrial e ingenieria

» Norma Básica de Protección Civil

El 21-06-2023 se publica en el BOE el Real Decreto 524/2023, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación.

El contenido de esta nueva Norma Básica de Protección Civil es el siguiente:

  • Recoge el catálogo de riesgos que deben ser objeto de la protección civil. Estos riesgos, deberán ser definidos por disposición reglamentaria.
  • Para atender a situaciones específicas, prevé la elaboración por los órganos competentes de planes sectoriales o específicos, que deberán responder al esquema general de los planes de protección civil.
  • Establece el contenido mínimo y la estructura común de los diferentes planes.
  • Actualiza la definición de las Directrices Básicas de Planificación, como instrumento esencial para garantizar que los planes de las diferentes administraciones públicas respondan a un modelo homogéneo y coherente.
  • Prevé la elaboración de modelos simplificados para favorecer la planificación en los ámbitos territoriales más reducidos.
  • Incorpora a la planificación general de protección civil las actuaciones de autoprotección, previendo una Directriz Básica de Planificación específica
  • Prevé la publicidad de los planes, mediante su registro a cargo de las Administraciones Públicas competentes.
Derogaciones y plazos para adaptar la normativa actual

Deroga:

  • La Norma Básica de Protección Civil (Real Decreto 407/1992).
  • El Real Decreto 1378/1985, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
  • Las diversas Directrices Básicas de Planificación y los diversos Planes Estatales de protección civil.
  • La Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia (Real Decreto 393/2007).

Las Directrices Básicas de Planificación, así como la Norma Básica de Autoprotección, vigentes a la entrada en vigor de la Norma Básica de Protección Civil, deberán adaptarse a lo dispuesto en la misma en el plazo máximo de cuatro años.

Sobre el Autor

Soy ingeniera industrial y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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