Desde el año 2003, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha estado trabajando en la elaboración de la lista de aromas permitidos, evaluando la seguridad de más de 3.000 sustancias, 200 de las cuales son sustancias nuevas, con la finalidad de establecer las que estarán autorizadas para su uso como aromas de los distintos productos alimentarios incluidos en 17 categorías.
Categorías de alimentos
Grasas, aceites y sus emulsiones
Frutas y hortalizas elaboradas
Artículos de confitería y chicle
Cereales y productos a base de cereales. Productos de panadería
Pescado y productos de la pesca
Azúcares, jarabes, miel y edulcorantes de mesa
Sal, especias, sopas, ensaladas y productos proteínicos
Alimentos destinados a una alimentación especial
Bebidas no alcohólicas y alcohólicas, incluso sin alcohol o bajas en alcohol
Productos de aperitivo y postres
Alimentos elaborados no incluidos en las categorías anteriores, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad
Esta lista se ha publicado mediante el Reglamento de Ejecución (UE) nº 872/2012 y será aplicable a partir del 22-04-2013, quedando derogado el Reglamento (CE) nº 2232/96. No obstante, este último reglamento se continuará aplicando a las sustancias a las cuales aun se está evaluando el riesgo. La lista se actualizará anualmente.
Más información: Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)
M. Teresa Abella
Enginyers Industrials de Catalunya
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