Medio ambiente

» España. Ley de Evaluación Ambiental

» España. Ley de Evaluación Ambiental

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 11-12-2013, la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.

Esta Ley pretende ser un instrumento eficaz para la protección medioambiental. Para alcanzar este objetivo, se propone simplificar el procedimiento de evaluación ambiental, incrementar la seguridad jurídica de los operadores y lograr la concertación de la normativa sobre evaluación ambiental en todo el territorio nacional.

La Ley unifica, en una sola norma, la Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y el Real Decreto Legislativo 1/2008, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos y modificaciones posteriores al citado texto refundido.

Las Comunidades Autónomas que dispongan de legislación propia en materia de evaluación ambiental deberán adaptarla a lo dispuesto en esta Ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor (12-12-2013),  es decir el 12-12-2014.

La obligación principal que establece la ley es la de someter a una adecuada evaluación ambiental todo plan, programa o proyecto que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, antes de su adopción, aprobación o autorización, o bien, si procede, en el caso de proyectos, antes de la presentación de una declaración responsable o de una comunicación previa a las que se refiere el artículo 71 bis de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

También pretende concentrar esfuerzos en los proyectos en los que se prevean impactos medioambientales más significativos, al tiempo que se configura una evaluación más ágil y menos costosa en el caso de los proyectos de menor incidencia ambiental.

Se introduce la obligación de someter a evaluación ambiental, los proyectos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica o “fracking”. Y también la obligación de tener en consideración el cambio climático en la evaluación ambiental para lo que deberán utilizarse las informaciones y las técnicas que estén disponibles en cada momento.

Montse Díez
Técnico de normativa

Associació d’Enginyers Industrials de Catalunya
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Sobre el Autor

Soy bióloga, responsable de Infocentre y especialista en legislación técnica. Enginyers Industrials de Catalunya.

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