Desde el 5 de diciembre de 2011 mediante sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, se declara nulo el Decreto 82/2005 que aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 6/2001, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.
El alumbrado exterior, tanto de titularidad pública como privada, debía cumplir las prescripciones de la Ley 6/2001 y del Decreto 82/2005 que la desarrolla no más allá del 31-12-2011 de acuerdo con la Ley 26/2009 de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Por tanto, la normativa aplicable a la contaminación lumínica del alumbrado queda limitada al cumplimiento de la Ley catalana 6/2011 y el Real Decreto 1890/2008 que aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 aEA-07.
En consecuencia, el Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat de Catalunya ha iniciado el procedimiento para la elaboración de un nuevo reglamento que desarrolle la Ley 6/2001.
Montse Díez
Técnico de normativa
Associació d’Enginyers Industrials de Catalunya
Infocentre – Normativa http://normativa.infocentre.es
Blog de normativa por InfoCentre se encuentra bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Unported.
Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://normativa.infocentre.es.
Blog de normativa por InfoCentre se encuentra bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Unported.
Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://normativa.infocentre.es.
Comentarios