El Ministerio de Industria y Turismo somete a consulta pública el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento técnico de seguridad de infraestructuras e instalaciones de combustibles gaseosos.
El nuevo Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las infraestructuras e instalaciones de distribución, transporte y utilización de combustibles gaseosos y aparatos de gas, con la finalidad de preservar la seguridad de las personas, el medio ambiente y los bienes.
Con este real decreto se pretende realizar una actualización de la reglamentación técnica que se adapte mejor a las necesidades, posibilidades y soluciones técnicas existentes en la actualidad para las instalaciones de combustibles gaseosos, en base a la evolución de la técnica y la experiencia que se ha ido acumulando con la aplicación del reglamento actual, como la necesidad de inclusión de nuevos combustibles gaseosos.
Igualmente es necesario llevar a cabo una revisión general del reglamento que permita aclarar determinados preceptos del contenido y resolver así problemas de aplicación de este.
Asimismo, se incluyen en el ámbito del otro tipo de instalaciones cuya normativa no ha evolucionado con el tiempo, como el caso de las plantas de almacenamiento, trasvase y llenado de envases de gases licuados del petróleo o el caso de las instalaciones de combustibles gaseosos por canalización a presión máxima de diseño superior a 16 bar. De esta manera, se pretende evitar la dispersión normativa, quedando la seguridad de las instalaciones de distribución y transporte de combustible gaseoso bajo un mismo reglamento de seguridad.
Además, en este proyecto de real decreto se actualiza diversa regulación nacional.
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_csegind@mintur.es indicando en el asunto: «Audiencia RD Combustibles Gaseosos 2025»
Las alegaciones deben presentarse utilizando el modelo de documento adjunto (en formato editable que permita leerlas y gestionarlas), ordenando y separando claramente los diferentes comentarios que se realicen, e identificando el apartado y el texto del Real Decreto al que se refiere cada uno.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:
• Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante
• Organización o asociación (si corresponde)
• Contacto (correo electrónico).
El plazo para presentar alegaciones finaliza el 16-05-2025.
Documentos:
- Texto de proyecto de real decreto
- Modelo de documento para presentar alegaciones
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