Medio ambiente

» Nueva Directiva sobre vigilancia y resiliencia del suelo.

Con el objetivo de avanzar en los compromisos del Pacto Verde Europeo para lograr un uso sostenible del territorio y una mejor protección de los recursos naturales, el pasado 25-11-2025 se publicó la Directiva UE 2025/2360.

Esta Directiva establece un marco legal que obliga a los Estados miembros a reforzar la protección del suelo y a establecer, por primera vez, un sistema armonizado de vigilancia, evaluación y gestión de la salud del suelo. El objetivo es ambicioso: conseguir suelos sanos en la UE antes de 2050.

Para alcanzar este fin, la disposición establece un conjunto de medidas. A continuación, detallamos las más importantes .

Criterios europeos de “buen estado del suelo”
La norma define diversos descriptores del suelo, algunos con criterios comunes para toda la UE, como la salinización, pérdida de carbono orgánico o compactación del subsuelo, y otros que cada Estado miembro deberá establecer según sus condiciones, como el exceso de nutrientes en el suelo, la erosión del suelo, la contaminación, la reducción de la retención e infiltración de agua y la pérdida de carbono orgánico. Este sistema permitirá evaluar la salud del suelo y definir las zonas donde se necesitan acciones de apoyo o restauración.

Un sistema de vigilancia obligatorio y periódico para todos los Estados miembros
La Directiva obliga a los Estados miembros a crear un marco de vigilancia del suelo basado en datos armonizados y herramientas como LUCAS o Copernicus. La evaluación se realizará cada seis años, con la primera prevista como muy tarde el 17 de diciembre de 2031. Esta vigilancia incluirá los aspectos de salud del suelo.

Gestión e inventario de suelos contaminados
Uno de los puntos más relevantes es la obligación de crear y hacer públicos, antes del 17-12-2029, los inventarios nacionales de terrenos contaminados y potencialmente contaminados, con información estructurada sobre el estado del suelo, riesgos asociados, medidas adoptadas y programas de saneamiento. Se pretende mejorar la transparencia, la toma de decisiones y la protección de la salud humana.

Apoyo directo a los gestores y propietarios de suelo
El Artículo 11 se establece que los Estados miembros deberán animar y dar apoyo a los propietarios y administradores de tierras en lo relativo a la mejora de la salud del suelo y de la resiliencia del suelo, y deberán facilitar que los propietarios y administradores de tierras puedan llevar a cabo estas mejoras. Este apoyo incluirá asesoramiento técnico, actividades de capacitación, información localizada y síntesis actualizadas de instrumentos de financiación.

Calendario y próximos pasos
Los Estados miembros deberán transponer la Directiva antes del 17-12-2028 y fijar sus propios valores objetivo y valores desencadenantes. A partir de ahí, la Comisión Europea revisará el marco en 2033 para incorporar nuevos avances científicos o necesidades emergentes.

Sobre el Autor

Soy gestora de contenidos digitales y especialista en normativa. Enginyers Industrials de Catalunya

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